¿Puedo ir a la cárcel por endosar una multa de tráfico a un familiar?
Día 21/04/2013 - 03.27h
El caso de un político británico que ha terminado entre rejas por un delito de suplantación de identidad deja muchas dudas sobre si en España podría suceder lo mismo
Hace unos días conocíamos la noticia de la dimisión de un influyente político británico por endosar una multa de tráfico a su mujer bajo el amparo de la famosa «Identificación del conductor». El exministro de Energía, Chris Huhne, se declaró culpable de «obstrucción a la Justicia» después de que en 2003 señalara a su mujer como responsable de una sanción por exceso de velocidad para no perder el carné de conducir.
Huhne ya había perdido nueve puntos y según su esposa, Vicky Price, fue él quien le «obligó a identificarse y asumir la sanción». Ahora este exparlamentario se encuentra en prisión y asegura sentirse «fascinado»por la experiencia ya que en la cárcel «hay algunas historias muy buenas».
En España, la práctica de cargar las multas de tráfico a un familiar se puso de moda en 2006, cuando entró en vigor el carné por puntos. Fue en los primeros meses cuando proliferaron los foros y las webs de compraventa de puntos, así como los llamadoscasos de «abuelos infractores».
Se trata de familiares que cargan con las multas con pérdida de puntos de sus parientes, aprovechándose de que la sanción por«Incumplimiento de la obligación de identificar en tiempo y forma al conductor responsable de la infracción» permite poner como titular del coche a otra persona que no sea la infractora.
«Un atraco a mano armada»
Todo se remonta a mayo de 2010 cuando cambió la Ley de Seguridad Vial que establece como norma general la obligación de parar y notificar la denuncia en el acto, excepto cuando se trata de estacionamiento o cuando la infracción ha sido captada por un medio técnico como un radar.
En el último caso, si una persona comete una infracción por exceso de velocidad, puede que esta multa no le llegue a su casa o que lo que reciba sea en realidad una carta en la que se señale que la infracción por «Incumplimiento de Identificación del Conductor» está penada con 300 euros. En estas multas no pone el motivo original de la infracción ni tampoco aparece el día ni la vía en que fue cometida, además de no presentar la foto correspondiente del radar.
Según el presidente de la AEA (Automovilistas Europeos Asociados), Mario Arnaldo, la problemática reside en «lo mal que funciona el sistema de correo en España. Las cartas se pierden o directamente no se mandan a los infractores».
Respecto a esta cuestión, Arnaldo señala que desde la DGT «se abusa» del sistema de notificación mediante los boletines del BOE o el Testra, un tablón de multas a disposición de todos los ciudadanos a través de laweb de Tráfico. «En lugar de mandarte la carta, te dicen que estás en los boletines pero los ciudadanos no tienen la obligación de mirar a diario si han sido multados o no». En este sentido, el presidente de la AEA señala a los ayuntamientos, las compañías de seguros y a las empresas que recurren multas como principales beneficiarias del sistema.
En caso de juicio, Javaloyes informa de que en el 99,9% de los casos el juez da la razón al conductor. «Muchas veces ni se celebra el juicio, la DGT renuncia y se allana porque saben que no ganarían. El objetivo tanto de Tráfico como de los ayuntamientos es el de recaudar. Esto es un atraco a mano armada», asegura.
Informar para pagar o alegar
Sin embargo, desde la DGT aseguran usar todos los medios para contactar «de todas las maneras posibles» con el denunciado hasta que la multa llega a sus manos. «Hemos tenido casos de personas que han recibido la carta, han dejado su DNI y su firma y después han alegado no haberla recibido. En estos casos, se procede a mandarle la multa en la que se obliga al conductor a identificarse», cuentan desde Tráfico.
En Tráfico apuntan a que en España no hace falta endosar una multa de circulación -como la de exceso de velocidad- a un familiar porque hay infractores que prefieren no identificarse y pagar directamente la sanción de 300 euros con tal de no perder los puntos que esta conlleva.
En todo caso, la suplantación de identidad intencionada y la falsedad es un delito penal, como en Reino Unido, hecho por el cual un ciudadano residente en España podría recibir una pena de cárcel y una persona con antecedentes podría terminar en prisión «al tratarse de un delito que comporta una sanción penal grave», según José Sánchez Recuero, el decano del colegio de abogados de Toledo.
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